HISTORIA

Antecedentes de la Salud en Zacatecas

Cuando la viruela representaba un problema muy importante para la salud de la población mundial; en la ciudad de Zacatecas, obligó a la construcción de un nuevo panteón y se improvisó una clínica adicional en 1780; surgió la iniciativa en España del Dr. Francisco Javier de Balmis para aprovechar los conocimientos transmitidos por Jenner con relaciones a la vacuna que previniera la aparición de este padecimiento en lo que constituía para entonces la serie de colonias dependientes de ese reino.

Para tal efecto organizó, con el patrocinio de los reyes españoles, lo que se dio en llamar la real expedición, consistente en la transportación de portadores vivos de la vacuna hacia México y luego de su replicación en niños mexicanos, diseminarla, por este mismo medio hacia las filipinas y otros países del mundo.

En su viaje a México, el Dr. Balmis estuvo en Zacatecas los días del 29 de Noviembre al 3 de Diciembre de 1804, para sensibilizar a las autoridades y padres de familia, obteniendo 13 niños de Zacatecas, Fresnillo y Sombrerete, con las mejores condiciones para replicar la vacuna anti variolosa; además instruyo a los facultativos locales sobre la técnica de aplicación de la vacuna y de su interpretación a los ocho días.

En el auditorio Miguel E. Bustamante del Edificio Central de la Secretaria de Salud, en la ciudad de México, con fecha 7 de abril de 1961, se colocó una placa metálica que representa uno de los primeros esfuerzos de sanidad internacional registrados.

Los niños Zacatecanos, que llevando en su brazo la vacuna contra la viruela, embarcaron en Acapulco el 5 de Febrero de 1805 con rumbo a Filipinas para que de ellos se tomara el material necesario (brazo a brazo) para prevenir la enfermedad fueron: Teofilo Romero de 6 años, Félix Barrasa de 5 años, José Mariano Portillo de 5 años, Martín marques de 4 años, José Antonio Salazar de 5 años y Pedro Nolasco Mesa de 5 años, de Zacatecas; José dolores moreno, de 4 años, Juan Amador Castañeda de 6 años, José Felipe Osorio moreno de 6 años, José franco de 6 años y José Catalino rivera de 6 años, de fresnillo; Buenaventura Zafiro de 4 años y José Teodoro Olivas de 5 años, de Sombrerete.

Esta expedición dio vuelta al mundo en misión humanitaria de 1803 a 1806, participando otros 6 niños de Morelia, 5 de Guadalajara y 1 de Querétaro. Lamentablemente se tuvo que soportar el fallecimiento de algunos de ellos, como el caso de Félix Barrasa que pereció en México.

Al regreso de la expedición, para el año de 1806, se realizó en México la transmisión del pus vacuna brazo a brazo, con lo que prácticamente se inició de esta manera incipiente la vacunación anti variolosa en la República Mexicana.

El Dr. Balmis y los niños reservorios de la vacuna merecen ser considerados de esta manera los pioneros de la vacunación en México y otros países del mundo

La salud en el estado de Zacatecas ha atravesado por múltiples problemas, que repercuten en un perfil de morbilidad y mortalidad característico, de acuerdo a la época en la cual se han presentado.

La situación socioeconómica, la falta de saneamiento del ambiente, la carencia de recursos para hacer frente a las emergencias, el nivel de analfabetismo y la inestabilidad político-social, influyeron durante siglos pasados, y la primera mitad del presente, para provocar importantes fenómenos epidemiológicos.

Las enfermedades infecto-contagiosas, motivo de grandes epidemias y mortandad que fueron los azote de las tierras Zacatecanas, han disminuido y determinados padecimientos, inclusive, desaparecieron; actualmente se enfrentan otros retos importantes, que constituyen también epidemias; se trata de los padecimientos crónico - degenerativos, que presentan una transposición con las enfermedades infecciosas permanentes

Desde el surgimiento de brotes de fiebre amarilla, el cólera, la viruela, el tifo, la difteria, el sarampión , la poliomielitis, la hepatitis a, brucelosis, fiebre tifoidea, encefalitis equina venezolana, paludismo, tuberculosis y lepra, hasta la aparición del SIDA, el resurgimiento del cólera y la predominancia de las enfermedades de corazón, la hipertensión arterial, diabetes mellitus, accidentes, tumores malignos, afecciones peri natales , enfermedades infecciosas intestinales y las neumonías, se han constituido en las principales causas de enfermedad y muerte entre la población Zacatecana.

Bajo este panorama cambiante, también se ha venido transformado la infraestructura de los Servicios de Atención a la Salud, pasando de un carácter Municipal a la integración de Coordinaciones, Instituciones y Sistemas de Salud, orientados por los avances de los conocimientos científicos y tecnológicos enfocados a la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de las patologías prioritarias por su prevalecía y letalidad.

En este desarrollo, los Servicios Coordinados de Salud Pública en el estado de Zacatecas, han desempeñado un papel trascendental, con el cual son coparticipes de la celebración del cincuentenario de la Secretaria de Salud.

Artículo 39.- A la Secretaría de Salud corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I.- Establecer y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad general, con excepción de lo relativo al saneamiento del ambiente y coordinar los programas de servicios a la salud de la Administración Pública Federal, así como los agrupamientos por funciones y programas afines que en su caso, se determinen.

II.- Crear y administrar establecimientos de salubridad, asistencia pública y terapia social en cualquier lugar del territorio nacional y organizar la asistencia pública en el Distrito Federal.

III.- Aplicar a la asistencia pública los fondos que le proporcionen la lotería nacional y los pronósticos para la asistencia pública y administrar el patrimonio de la beneficencia pública en el Distrito Federal, en los términos de las disposiciones legales aplicables, a fin de apoyar los programas de Servicios de Salud.

IV.- Organizar y vigilar las instituciones de beneficencia privada en los términos de las leyes relativas, e integrar sus patronatos, respetando la voluntad de los fundadores.

V.- Administrar los bienes y fondos que el Gobierno Federal designe para la atención de los Servicios de Asistencia Pública.

VI.- Planear, normar, coordinar y evaluar el Sistema Nacional de Salud y proveer la adecuada participación de las dependencias y entidades públicas que presten servicios de salud, a fin de asegurar el cumplimiento del derecho a la protección de la salud.

Así mismo, propiciara y coordinara la participación de los sectores social y privado en dicho Sistema Nacional de Salud y determinara las políticas y acciones de inducción y concertación correspondiente.

VII.- Planear, normar y controlar los Servicios de Atención Médica, Salud Pública, Asistencia Social y Regulación Sanitaria que correspondan al Sistema Nacional de Salud.

VIII.- Dictar las normas técnicas a que quedará sujeta la prestación de servicios de salud en las materias de salubridad general, incluyendo las de asistencia social, por parte de los sectores público, social y privado y verificar su cumplimiento.

IX.- Organizar y administrar servicios sanitarios generales en toda la República.

X.- Dirigir la Política Sanitaria General de la República, con excepción de la agropecuaria, salvo cuando se trate de preservar la salud humana.

XI.- Dirigir la política sanitaria especial en los puertos, costas y fronteras, con excepción de la agropecuaria, salvo cuando afecte o pueda afectar a la salud humana.

XII.- Realizar el control higiénico e inspección sobre preparación, posesión, uso, suministro, importación, exportación y circulación de comestibles y bebidas.

XIII.- Realizar el control de la preparación, aplicación, importación y exportación de productos biológicos, excepción hecha de los de uso veterinario.

XIV.- Regular la higiene veterinaria exclusivamente en lo que se relaciona con los alimentos que puedan afectar a la salud humana.

XV.- Ejecutar el control sobre preparación, posesión, uso, suministro, importación, exportación y distribución de drogas y productos medicinales, a excepción de los de uso veterinario que no estén comprendidos en la Convención de Ginebra.

XVI.- Estudiar, adaptar y poner en vigor las medidas necesarias para luchar contra las enfermedades transmisibles, contra las plagas sociales que afecten la salud, contra el alcoholismo y las toxicómanas y otros vicios sociales y contra la mendicidad.

XVII.- Poner en práctica las medidas tendientes a conservar la salud y la vida de los trabajadores del campo y de la ciudad y la higiene industrial, con excepción de lo que se relaciona con previsión social en el trabajo.

XVIII.- Administrar y controlar las escuelas, instituciones y servicios de higiene establecidos por la federación en toda la república, exceptuando aquellos que se relacionan exclusivamente con la sanidad animal.

XIX.- Organizar Congresos Sanitarios y Asistenciales.

XX.- Prestar los servicios de su competencia, directamente o en coordinación con los gobiernos de los estados y del Distrito Federal.

XXI.- Actuar como autoridad sanitaria, ejercer las facultades en materia de salubridad general que las leyes le confieren al Ejecutivo Federal, vigilar el cumplimiento de la Ley General de Salud, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables y ejercer la acción extraordinaria en materia de Salubridad General.

XXII.- Establecer las normas que deban orientar los Servicios de Asistencia Social que presten dependencias y entidades federales y proveer a su cumplimiento.

XXIII.- Establecer y ejecutar con la participación que corresponda a otras dependencias asistenciales, públicas y privadas planes y programas para la Asistencia, Prevención, Atención y Tratamiento a los Discapacitados.